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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366290
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 554
PATRON, LOS TRABAJADORES NO ESTAN OBLIGADOS A CONOCER LAS CALIDADES JURIDICAS DE LOS REPRESENTANTES DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 554
Los trabajadores no están obligados, para que sus acciones prosperen, a señalar de modo preciso el carácter que una persona tenga como directora de una empresa; basta que en la demanda se precise que determinada persona física ostenta con toda certidumbre cualquier carácter de representación de la persona moral de que se trate, para que se entienda que la entidad realmente demandada lo es la persona moral y no la persona física aludida en dicha demanda.
Precedentes
Amparo directo 1462/51. Sindicato de Trabajadores de Casas Comerciales e Industriales de Morelia, Michoacán. 19 de noviembre de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Díaz Infante.