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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366314
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 684
DESPIDO DEL TRABAJADOR, IMPROCEDENCIA DE LAS ACCIONES DE REINSTALACION Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 684
Cuando el patrón niega el despido y demuestra durante el juicio laboral que fueron los propios trabajadores reclamantes quienes abandonaron el trabajo, ninguna argumentación es válida para declarar procedentes las acciones de reinstalación y pago de salarios caídos, por no estar demostrado siquiera presuntivamente el hecho del despido, supuesto indispensable para la procedencia de tales acciones, como se desprende de lo dispuesto en la fracción XXII del artículo 123 constitucional y en el artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo 2826/56. Daniel F. Lazo. 5 de diciembre de 1956. Cinco votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.