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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366370
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 531
ACCIDENTE DE TRABAJO INDIRECTO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 531
Debe considerarse como riesgo profesional, no sólo el accidente que se padezca directamente como consecuencia y en ocasión del trabajo, sino aquél que sobrevenga con motivo de las obligaciones contraídas por el trabajador y al cual esté expuesto precisamente por tener que cumplir su contrato.
Precedentes
Amparo directo 3773/55. Rosario Huerta Vda. de Ballesteros y otros. 17 de agosto de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.