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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366372
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 531
CONVENIOS, CUANDO DEJAN DE SURTIR SUS EFECTOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 531
Los convenios celebrados legalmente sólo pueden dejar de surtir efectos cuando termine su vigencia de acuerdo con lo en ellos estipulado, se rescindan legalmente o se invaliden por resolución de la autoridad competente, pero en manera alguna puede sostenerse que pierdan su fuerza de obligatoriedad en dos años.
Precedentes
Amparo directo 6251/55. Refugio Rodríguez y Santiago Aviña. 17 de agosto de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.