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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366388
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 676
CONTRATO DE TRABAJO, EL INCUMPLIMIENTO DE LAS ESTIPULACIONES DEL, NO DA LUGAR AL COBRO DE INTERES LEGALES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 676
La responsabilidad que resulte de la falta de cumplimiento a las estipulaciones del contrato de trabajo sólo da acción para reclamar las prestaciones que la ley laboral otorga, entre las que no se encuentran las de exigir intereses legales por haber incurrido en mora el patrón, por constituir esto un efecto del incumplimiento de las obligaciones de naturaleza eminentemente civil; pues siendo los intereses legales una prestación que no deriva del contrato de trabajo y no estando su cobro reglamentado por la Ley Federal del Trabajo, no pueden reclamarse ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje.
Precedentes
Amparo directo 537/55. Emilio Valencia y Coagraviados. 30 de agosto de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Agapito Pozo.