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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366401
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 21
PUESTOS. LA ACCION PARA SU CREACION, ES DE CARACTER COLECTIVO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 21
La acción ejercitada por un trabajador encaminada a la obtención de un puesto que no existe en el tabulador de la empresa en que labora, necesariamente implica la creación del cargo y esta acción, sin lugar a dudas, es de carácter colectivo; esto es, para el otorgamiento del puesto es necesario ante todo la creación del mismo y es indispensable variar la estructura administrativa interna de una empresa, para poder satisfacer la exigencia del trabajador, y así, para crear un cargo que no existe, es necesario que sea el sindicato, en ejercicio de sus derechos colectivos, quien ejercite la acción de referencia, ya que si bien el otorgamiento del puesto beneficia inmediatamente al trabajador, la realidad es otra, porque la creación de una nueva plaza no es en beneficio de un solo trabajador, sino para todos aquellos que en lo futuro aspiren al puesto indicado, modificando la estructura interna de la empresa.
Precedentes
Amparo directo 2325/53. Diego García Loya. 2 de abril de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.