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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366406
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 56
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, PRESCRIPCION DE LA ACCION PARA DAR POR TERMINADOS LOS EFECTOS DE LOS NOMBRAMIENTOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 56
Para determinar cual es el término prescriptivo de la acción del titular de una dependencia oficial para ejercitar la acción correspondiente y dar por terminados los efectos de un nombramiento expedido a favor de un empleado, deben relacionarse los artículos 87, fracción IV, y 44, fracción V, párrafo final e incisos a), e i) de este último precepto, ambos del Estatuto Jurídico, y de tal relación se concluye que la acción prescribe en un mes, y que empezará a contarse a partir del momento en que el trabajador de causa a la separación cuando se trate de hechos que por su naturaleza, son conocidos de inmediato por el superior jerárquico y, no siéndolo así, a partir del momento en que los hechos atribuídos al trabajador son conocidos por el titular burocrático mediante la investigación necesaria y, considerando éste que existen suficientes elementos de convicción, se encuentra en posibilidad de ejercitar la acción correspondiente.
Precedentes
Amparo directo 5124/55. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 4 de abril de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.