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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366409
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 81
SALARIOS, FALTA DE SEÑALAMIENTO DE SU MONTO EN LA DEMANDA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 81
Si en la demanda en que se reclama la reinstalación y el pago de salarios caídos, devengados, horas extras y vacaciones, no se señaló el monto del salario estipulado en el contrato de trabajo, aunque el demandado no conteste la reclamación, la Junta responsable no puede condenar a que sean pagados, por no ser posible legalmente dictar una condena de pago de una suma indeterminada.
Precedentes
Amparo directo 1559/55. Margarita Cabrera. 5 de abril de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.