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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366412
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 83
FALTAS DE PROBIDAD. DEBEN PROBARSE EN EL JUICIO PARA QUE OPERE LA RESCISION DEL CONTRATO DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 83
Para que el patrón pueda rescindir justificadamente un contrato de trabajo por haber incurrido el trabajador en faltas de probidad, es preciso que se demuestre en el juicio que los bienes encontrados en casa del segundo, y cuya obtención ilícita se le atribuye, son propiedad de dicho patrón, pues de no hacerse así, el despido resulta injustificado.
Precedentes
Amparo directo 2366/55. Pablo Rodríguez Almaraz. 5 de abril de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.