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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366413
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 83
DESPIDO INJUSTIFICADO, PRESCRIPCION EN LOS CASOS DE CAMBIO DE ACCION, POR EFECTO DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 83
Es cierto que la Suprema Corte ha establecido que si un trabajador que se dice despedido demanda el pago de la indemnización constitucional de tres meses de salarios y en la audiencia de demanda y excepciones, cambia dicha acción por la de cumplimiento de contrato, si para esta fecha ha transcurrido el término de un mes la nueva acción está prescrita; pero tal criterio no tiene aplicación en el caso de que habiéndose demandado el cumplimiento del contrato inicialmente, al allanarse el patrón a la reinstalación del trabajador, éste opta por dar por rescindido el contrato por actos imputables a dicho patrón y demanda el pago de la indemnización correspondiente, porque independientemente de que esta última acción tenga fundamento o no, es claro que el hecho en que se funda y a partir del cual corre el término de prescripción, es distinto del despido que sirvió de base a la inicialmente intentada.
Precedentes
Amparo directo 5797/54. Domitila Rodríguez Navarro. 5 de abril de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.
Nota: En el Informe de Labores 1956, Cuarta Sala, página 19, esta tesis aparece publicada bajo el rubro:"PRESCRIPCION."