Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/366425
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366425
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 163
ACCIDENTES PROFESIONALES. CARGA DE LA PRUEBA DE LOS QUE NO LO SON.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 163
La Cuarta Sala de la Suprema Corte de Justicia ha sustentado el criterio de que todo accidente ocurrido a un obrero en el lugar y durante las horas de labores, se presume accidente de trabajo; de manera que al realizarse el supuesto anotado se actualiza la presunción de la profesionalidad del riesgo y al patrón corresponde destruir esa presunción mediante la comprobación de que el accidente fue originado por causas que ninguna relación tengan con el trabajo.
Precedentes
Amparo directo 6579/55. Teodora Lira y Coags. 13 de abril de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.