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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366428
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 215
MERETRICES, NO ESTAN SUJETAS A CONTRATO DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 215
La relación obrero-patronal, únicamente puede admitirse, cuando concurren los elementos especificados en los artículos 3, 4 y 17 de la Ley Federal del Trabajo, que requieren el ejercicio de la actividad humana con fines económicos o de servicios. Tales elementos, no se satisfacen, cuando una persona concurre a una casa de asignación, con el objeto de obtener emolumentos, usando de sus atractivos físicos o consumiendo bebidas alcohólicas.
Precedentes
Amparo directo 1585/54. Delia Arellano. 18 de abril de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Luis Díaz Infante.