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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366454
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 343
SALARIO MINIMO DE LOS TRABAJADORES A DESTAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 343
El salario mínimo no sólo es aplicable a los trabajadores que perciban un salario por día de ocho horas de labor, sino a todos los trabajadores, ya laboren por jornada diaria legal o por unidad de obra, de conformidad con el artículo 428 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo 2568/55. Sindicato de Torcedores de Tabaco y Anexos del Puerto de Veracruz, Ver. 7 de mayo de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.