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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366485
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 541
RIESGOS PROFESIONALES. REPOSICION DE TRABAJADORES QUE LOS HAN SUFRIDO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 541
La obligación para los patrones a que se refieren los artículos 318 y 319 de la Ley Federal del Trabajo, sólo puede eludirse cuando demuestran que la capacidad física del trabajador es insuficiente para desempeñar el puesto que pretende, máxime si se demuestra la existencia de la vacante y se acredita así la posibilidad patronal para cumplir la obligación legal.
Precedentes
Amparo directo 3575/54. Compañía Minera del Cubo, S.A. 15 de junio de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agapito Pozo.