Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/366494
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366494
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 630
EXPULSION DE LOS TRABAJADORES, VALIDEZ DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 630
La Ley Federal del Trabajo no establece procedimiento alguno para los casos de expulsión de trabajadores, lo que no significa que los estatutos puedan lícitamente establecer un procedimiento en el que se prive al trabajador del derecho de defensa, pues esto pugnaría con el espíritu del artículo 14 constitucional. Por otra parte, la exigencia legal de que la expulsión sea aprobada por las dos terceras partes de los miembros del sindicato, constituye un requisito de fondo. En cambio, la obligación de sujetarse a los procedimientos marcados en los estatutos, constituye un requisito de forma que el sindicato debe cumplir en el ejercicio de la facultad de expulsar a sus miembros. Lo anterior significa que no es suficiente que exista un motivo de expulsión y que se cumplan los procedimientos estatutarios para que la expulsión sea válida, pues para esto se requiere que la medida sea aprobada por los dos tercios del total de miembros de la asociación profesional.
Precedentes
Amparo directo 6061/55. Sindicato Industrial "Mártires de San Angel", del Ramo Textil y Conexos. 20 de junio de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.