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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366509
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 752
TESTIGOS OFRECIDOS POR EL PATRON, TACHA INOPERANTE DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 752
La circunstancia de que los testigos prestaran sus servicios como trabajadores a las órdenes de la empresa, no es motivo legal suficiente para atribuirles parcialidad a favor del patrón que ofreció sus testimonios, pues es correcto estimar que la relación existente entre oferente y testigos, esté limitada al aspecto meramente laboral, sin trascender a otros órdenes y, además, la idoneidad de los testigos en estas condiciones, se deriva de las mejores condiciones en que se encuentran para atestiguar hechos sucedidos en el lugar donde trabajan o con motivo de las relaciones de trabajo, que personas ajenas al centro de trabajo. Así pues, cuando se trata de hechos ocurridos en un centro de trabajo, los propios trabajadores pertenecientes a él son quienes mejor pueden testificar sobre las circunstancias en que sucedieron, máxime que en muchas ocasiones son los únicos que se percatan de los hechos.
Precedentes
Amparo directo 1750/56. Manuel Flores Galicia. 28 de junio de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.