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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366566
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 375
CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, FIRMA NO OBLIGATORIA DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 375
Si una negociación tiene firmado contrato colectivo de trabajo con determinado sindicato, no será procedente ejercitar por otra organización sindical a la cual pertenezcan en un momento dado la mayoría de los trabajadores que laboren en la empresa demandada, la acción de firma de contrato colectivo, sino la de titularidad del mismo, fundada en la dicha mayoría, pues vigente el referido contrato, carece de aplicación el artículo 43 del código laboral.
Precedentes
Amparo directo 4625/57. José M. Toledo. 1o. de febrero de 1956. Cinco votos. Ponente: Agapito Pozo.