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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366577
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 425
DEMANDA, CONTESTACION DE LA. NECESIDAD DE PROBAR LOS HECHOS QUE CONTIENE AUN CUANDO NO HAYAN SIDO OBJETADOS POR LA PARTE ACTORA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 425
En los juicios laborales y en los seguidos conforme al Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, no rige el sistema de la réplica y la dúplica, sino que la litis se forma con las cuestiones de hecho y de derecho que plantean el actor y el demandado, respectivamente, en la demanda y en la contestación, y los hechos que exponga el demandado al contestar la demanda quedan, por tanto, sujetos a prueba, sin que sea exacto que deben tomarse como ciertos por no haberlos controvertido la contraria.
Precedentes
Amparo directo 4542/54. Secretario del Trabajo y Previsión Social. 3 de febrero de 1956. Cinco votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.
Nota: En el Informe de Labores de 1956, Cuarta Sala, página 14, esta tesis aparece bajo el rubro: "CONTESTACION A LA DEMANDA."