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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366579
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 443
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, PAGO DE SALARIOS CAIDOS A LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 443
En el caso de que un trabajador del Estado haya sido cesado indebidamente, y con posterioridad se le emplee nuevamente con un salario menor, si obtiene sentencia que ordene su reinstalación y el pago de salarios caídos, la autoridad responsable al condenar a esto último debe tomar en cuenta el tiempo por el cual el empleado recibió sueldo, para evitar que se obligue al Estado a hacer un doble pago que no encuentra justificación ni en el estatuto jurídico ni en la más elemental equidad; asimismo, será correcto el pago de diferencias por el tiempo en que recibió un sueldo menor aquél a que tenía derecho.
Precedentes
Amparo directo 3848/54. Jefe del Departamento del Distrito Federal. 6 de febrero de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.