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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366591
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 581
PUESTO DE CATEGORIA SUPERIOR, ACCION DE ADQUISICION DE, Y ACCION DE PAGO DE DIFERENCIAS DE SALARIOS. NO SON SUBSIDIARIAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 581
No por el hecho de laborar en un puesto de superior categoría, en forma esporádica, nace el derecho a la adquisición del cargo superior, pues no existe ninguna disposición legal que así lo establezca, pero sí se establece la facultad de obtener la diferencia del salario, entre el cargo desempeñado y aquél que se tiene en propiedad. En tal virtud, es inexacto que una acción sea subsidiaria de la otra, dado que puede existir el derecho al cobro de la diferencia de salarios, aun cuando no sea procedente la asignación del puesto reclamado.
Precedentes
Amparo directo 981/55. Ferrocarriles Nacionales de México. 10 de febrero de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.