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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366592
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 582
SUSPENSION DEL CONTRATO DE TRABAJO, APRECIACION DE LA PRUEBA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 582
En el caso de que un trabajador demande su reinstalación por despido injustificado y los patrones ofrezcan como prueba en contrario una copia certificada de un auto de formal prisión dictado en contra del reclamante, si la junta responsable no aprecia dicha prueba pormenorizadamente, como ésta debe ser tomada en cuenta para probar presuntivamente en contrario, ya que con ella se demostraría que no hay despido, pues si el trabajador se encuentra fuera de su trabajo, esto obedece al mencionado auto de formal prisión, hay que concluir que debe concederse el amparo para el efecto de que se dicte nuevo laudo en el que se dé a la copia certificada mencionada el valor probatorio que le corresponde.
Precedentes
Amparo directo 333/54. Tomás Noguez Miranda y coagraviados. 10 de febrero de 1956. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Mario G. Rebolledo F. La publicación no menciona el nombre del ponente.