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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366602
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 689
DESPIDO DEL TRABAJADOR POR RIÑA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 689
Si el trabajador agredió a uno de sus jefes causándole una lesión con arma punzocortante, fuera de las horas del servicio, se justifica su despido de conformidad con el artículo 121, fracciones II y IV, de la Ley Federal del Trabajo, pues es lógico que no pueda desarrollarse en forma normal el trabajo del agresor, ya que cualquier circunstancia podría dar lugar a nuevos actos, contrarios a la disciplina y orden en el lugar en donde se desempeñan las labores.
Precedentes
Amparo directo 2793/55. Faustino Guerrero. 20 de febrero de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Díaz Infante.