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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366620
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 741
VETERANOS DE LA REVOLUCION COMO TRABAJADORES DEL ESTADO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 741
Como de acuerdo con el artículo 12 de la Ley en favor de los Veteranos de la Revolución como servidores del Estado, éstos sólo pueden ser separados de los empleos de base o de confianza que desempeñen, por las causas o en los términos que establece la Ley de Responsabilidades de los Funcionarios y Empleados de la Federación, los titulares burocráticos que tengan a su servicio un veterano, no pueden alegar para cesarlo la falta de eficiencia, la que por otra parte se presume en los veteranos después de seis meses de prestación de servicios, de acuerdo con la misma ley.
Precedentes
Amparo directo 5932/55. Secretario de Educación Pública. 2 de febrero de 1956. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.