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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366663
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 77
PRUEBAS DOCUMENTALES, OBLIGACION DE EXHIBIRLAS DE LA PARTE QUE LAS OFRECE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 77
Conforme a la Ley Federal del Trabajo, cuando el que ofrece prueba documental está en posibilidad de obtenerla directamente, debe presentarla en la audiencia de pruebas y alegatos. Por lo mismo, si se trata de documentos exhibidos en otro juicio en el que quien ofrece la prueba fue parte, debe presentar los originales o copia certificada, ya que por haber sido parte en el otro juicio, está en posibilidad de solicitar su devolución o la expedición de copia certificada de los mismos.
Precedentes
Amparo directo 1019/50. Unión de Cargadores de Express y Transportes Comerciales. 5 de octubre de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.