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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366665
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 99
SOCIEDAD, CONTRATO DE, Y CONTRATO DE TRABAJO. PRUEBA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 99
Si el demandado en un juicio arbitral opone como excepción a la pretensión de su contraparte, que no fue contrato de trabajo, sino el de sociedad el que celebraron para explotar en común un negocio, y demuestra el hecho correspondiente, no es necesario acreditar que legalmente se constituyó la sociedad ni exhibir el contrato relativo, porque para resolver el punto de la controversia en el juicio arbitral, sólo se requiere la demostración de la no existencia del contrato de trabajo y no lo relativo a la legalidad de la constitución de la sociedad.
Precedentes
Amparo directo 2107/53. Ernesto Von Roerich. 6 de octubre de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.