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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366688
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 358
IMPROCEDENCIA, CAUSALES DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 358
La interpretación de la fracción III del artículo 74 de la Ley Reglamentaria de los artículos 103 y 107 constitucionales, en el sentido de que si durante el juicio apareciera o sobreviniese una causal de improcedencia, no puede referirse a causales que se generen después de principiado el juicio, debe considerarse inexacta, pues sería inexplicable que aparecieran conjuntamente las palabras aparecer y sobrevenir, si sólo se refieren a causas posteriores, ya que en este caso hubiera bastado que el artículo contuviera la palabra sobrevenir. Además, el término aparecer tiene, entre otros significados gramaticales, el de manifestarse o dejarse ver, lo que implica que la causal relativa ya existía, pero en forma oculta, y no es sino hasta la substanciación del juicio de amparo cuando se manifiesta o se deja ver, es decir, cuando aparece.
Precedentes
Amparo en revisión 2164/55. Minas de Iguala, S. A. de C. V. 3 de noviembre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.