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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366712
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 640
CONCEPTO DE VIOLACION DEFICIENTE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 640
Debe considerarse como concepto de violación deficiente aquél en que el quejoso se limita a repetir el texto de un artículo constitucional, que dice fue violado en su perjuicio en lo relativo a la conformidad que debe existir entre las sentencias y la letra o interpretación jurídica de la ley aplicable a los principios generales del derecho, pero sin expresar las razones por las que estima que hubo tal violación al acto reclamado.
Precedentes
Amparo directo 484/55. Gilberto Romero Téllez. 1o. de diciembre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.