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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366759
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 919
FALTAS DE ASISTENCIA JUSTIFICADAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 919
Si el trabajador, como perteneciente al servicio militar nacional y acatando órdenes de sus superiores, solicitó de la empresa permiso por un número determinado de días, a fin de asistir a unas competencias deportivas, pero su ausencia se prolongó más allá de lo concedido, existe a favor del citado trabajador la presunción de que su ausencia se debió al mismo motivo por el que pidió permiso, y si de autos quedó probada la justificación de sus faltas de asistencia, la parte patronal no se colocó en el supuesto de la fracción X del artículo 121 de la Ley Federal del Trabajo, ni tuvo razón al considerar que hubiese abandonado el empleo.
Precedentes
Amparo directo 6325/54. Federico Portillo. 8 de agosto de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.