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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366764
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 67
TRABAJADORES DE CONFIANZA, REMOCION DE LOS (PRESCRIPCION).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 67
El hecho de que un trabajador, relevado de un puesto de confianza, obtenga otro puesto al servicio del mismo patrón, o contractualmente tenga derecho a él, no implica que no haya existido una terminación de su contrato primitivo, que de ser injustificada, le da el derecho a que se refiere la fracción XXII del artículo 123 constitucional, y, por tanto, la acción correspondiente prescribe en el término de un mes, de acuerdo con lo dispuesto por la fracción III del artículo 329 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3489/54. Ferrocarriles Nacionales de México. 1o. de julio de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. Relator: Agapito Pozo.