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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366780
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 328
PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES AL, EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 328
Si en la demanda de amparo se hacen valer a la vez violaciones cometidas durante la secuela del procedimiento y violaciones cometidas en el laudo, el conocimiento inicial del negocio compete al Tribunal Colegiado de Circuito correspondiente, y sólo que éste falle declarando infundadas las primeras de dichas violaciones, podrá la Suprema Corte avocarse el estudio de las que se dicen cometidas en el laudo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4446/54. Martínez Luna Pedro. 8 de julio de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.