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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366782
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 331
INSPECTORES DEL DEPARTAMENTO DE TRANSITO FEDERAL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 331
De lo dispuesto en los artículos 4o. del Estatuto Jurídico y 368 del Reglamento Interior de Trabajo de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, se desprende que los inspectores del Departamento de Tránsito Federal son inspectores de servicios y, como tales, empleados de confianza, no sujetos al artículo 5o. del mismo estatuto, por lo que el titular tiene derecho a dar por terminados, en cualquier momento y sin responsabilidad, los efectos de su nombramiento.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1170/54. Secretario de Comunicaciones y Obras Públicas. 8 de julio de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.