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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366787
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 386
ENFERMEDAD DEL TRABAJADOR, PAGO DE SALARIOS EN CASO DE (RESCISION DEL CONTRATO DEL TRABAJO).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 386
Cuando el trabajador funda la rescisión de su contrato de trabajo motivada por el patrón, en la falta de pago de salarios durante una enfermedad sufrida por aquél, se hace necesario acreditar que tal enfermedad era de carácter profesional, único caso en que la ley obliga al patrón a pagarle al trabajador el 75% de sus salarios; y de no hacerlo así, no se demuestra la causal rescisoria.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3968/54. Córdoba Berzunza Ismael. 11 de julio de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.