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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366791
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 436
ACCIDENTES DE TRABAJO (FERROVIARIOS).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 436
Si el accidente que produjo la muerte a un trabajador ocurrió en un carro dormitorio, que le servía de habitación por requerirlo así la realización del trabajo que tenía lugar en campo abierto, tal accidente constituyó un riesgo profesional, pues es claro que existió relación de causa a efecto entre trabajo y accidente y, por tanto, no fue un suceso totalmente ajeno a las labores, sino consecuencia del riesgo que creaba la empresa como medio indispensable para la ejecución del trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2301/54. Ferrocarriles Nacionales de México. 13 de julio de 1955. Mayoría de tres votos. Ausente: Luis Díaz Infante. Disidente: Arturo Martínez Adame. La publicación no menciona el nombre del ponente.