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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366798
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 502
ACCIDENTE DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 502
Los accidentes, para ser considerados como riesgos profesionales, no tienen que ocurrir precisamente en horas de labor o estar ligados directa e inmediatamente con el trabajo, pues también pueden ser estimados como tales los que ocurran con conexamente con el trabajo, es decir, que se originen por circunstancias propias de las condiciones en que se presten los servicios y que hagan determinante la relación entre el vínculo contractual de trabajo y el riesgo sufrido.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4722/53. Secretario de Comunicaciones y Obras Públicas. 14 de julio de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.