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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366802
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 628
DESPIDO ANTIGÜEDADES EN CASO DE (RESPONSABILIDAD DEL CONFLICTO).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 628
La Ley Federal del Trabajo no establece derechos de antigüedad en favor de los trabajadores en caso de despido injustificado, y cuando éstos han pretendido reclamarlos se ha debido a una errónea interpretación del contenido de los artículos 601 y 602 de la Ley Federal del Trabajo, que se refieren al caso en que pronunciado un laudo que manda reinstalar a un trabajador, la parte patronal no acate dicha resolución.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6066/54. López Silva Ramiro. 20 de julio de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.