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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366850
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 1099
DESISTIMIENTO DE LA ACCION ANTE LAS JUNTAS, NO PROCEDE DECLARARLO PORQUE NO SE PROMUEVA EN EL LAPSO DEL INCIDENTE DE RECUSACION.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 1099
La recusación hace imposible la continuación del procedimiento, supuesto que se suspende la jurisdicción de la Junta al quedar desintegrada, por el impedimento que para conocer del conflicto tiene el representante recusado, y mientras subsiste esta situación, entre la admisión de la recusación y la fecha en que por quedar resuelta se integre nuevamente el tribunal y quede en aptitud de volver a entender en el conocimiento de las acciones deducidas en el negocio, la promoción para impulsar el procedimiento obviamente no es necesaria.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 8631/48. Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México. 30 de enero de 1950. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.