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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366851
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1101
TRABAJADORES, SEPARACION VOLUNTARIA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1101
Si de la prueba confesional aportada al juicio, no se desprende que en momento alguno, determinado s trabajadores se hayan separado voluntariamente de sus labores, para irse a laborar a otra empresa con mayor salario, sino simplemente que, con posterioridad al despido que sufrieron, entraron a laborar a diversa compañía, no es de darse a la confesión aludida el alcance de prueba de la separación voluntaria, puesto que en ningún momento reconocieron los trabajadores haberse separado voluntariamente de sus empleos y el hecho de que posteriormente fueran a trabajar a otra empresa, no implica en forma alguna el reconocimiento de tal separación voluntaria, pues es evidente que cualquier trabajador después de su despido, trate de obtener, aunque sea provisionalmente, un empleo que le permita subsistir mientras se tramita el juicio.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5/54. Ramírez Arturo Rubén. 3 de agosto de 1955. Unanimidad de cinco votos. Relator: Mariano G. Rebolledo.