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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366853
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1109
DESPIDO DEL TRABAJADOR. CARGA DE LA PRUEBA (VACACIONES).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1109
Si el patrón se excepcionó manifestando que el trabajador había dado por terminado voluntariamente su contrato de trabajo, en los términos de la fracción I del artículo 126 de la ley laboral, correspondía al primero la demostración de las afirmaciones en que fundó su defensa; así también, tocaba al citado patrón demostrar que había concedido vacaciones, con el pago correspondiente, al trabajador, pues por su calidad de patrón, en su poder deben encontrarse las nóminas, recibos y comprobantes correspondientes; siendo por tanto, imposible para el trabajador la demostración de un hecho negativo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 875/54. Zitácuaro Hernández Julia. 3 de agosto de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.