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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366895
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 1872
SALARIOS SIN LIMITE MAXIMO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 1872
El artículo 13, transitorio, de la Ley Federal del Trabajo, para no menoscabar los derechos adquiridos por los trabajadores antes de la promulgación de la citada ley, autoriza la subsistencia de los contratos colectivos celebrados con anterioridad, en cuanto establecen derechos, prerrogativas o beneficios en favor de dichos trabajadores, superiores a los de la misma ley.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5955/49. Ferrocarriles Nacionales de México. 23 de febrero de 1950. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.