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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366910
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1993
CONFESION FICTA EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1993
En materia laboral la circunstancia de que se tenga por contestada la demanda en sentido afirmativo, sin que contra esa contestación se rinda prueba en contrario, no es bastante para que invariablemente se condene al demandado, pues para ello es preciso que la acción ejercitada tenga apoyo en las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo o en contratos individuales o colectivos de trabajo, ya que de no ser así, la confesión resultante de la falta de contestación es ineficaz en cuanto a la procedencia de la acción, por carecer ésta de fundamento.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3905/54. González Antonio y coag. 7 de septiembre de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.