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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366929
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 2820
TRABAJADORES DEL ESTADO, SUSPENSION QUE EQUIVALE A DESPIDO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 2820
Si se suspende a un empleado público en su trabajo, fuera de los casos en que la ley lo permite y sin llenar los requisitos establecidos en ésta, tal situación equivale a un despido injustificado y da derecho al afectado a reclamar su reinstalación en el trabajo y el pago de salarios vencidos.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1762/54. Secretario de Salubridad y Asistencia. 30 de septiembre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Guzmán Neyra. Relator: Mario G. Rebolledo.