Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/366939
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366939
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 2914
TRABAJADORES DEL ESTADO, NOMBRADOS SIN BASE LEGAL, DERECHOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 2914
Lo que constituye el derecho a un puesto es el servicio prestado y no la ley o reglamento que crea el cargo, porque aunque sólo se autorice un número determinado de empleados para el cargo, si de hecho tal número se aumenta por las necesidades del servicio y se confiere a más personas, es indiscutible que todos prestan el servicio y todos tienen derecho a la remuneración que al cargo corresponde, pese a la responsabilidad en que pueda incurrir quien los nombre al violar la ley o reglamento, pero no se pueden invocar éstos, para nulificar los derechos adquiridos por quienes desempeñan el puesto.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5318/54. Ballesteros Bernabé. 4 de julio de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.