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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366960
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 485
CONTRATO DE TRABAJO, SUSPENSION DE LOS EFECTOS DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 485
Si el trabajador fue detenido para la investigación de un robo, y su falta de asistencia al trabajo, como consecuencia de tal detención, quedó debidamente acreditada que los autos, debe considerarse que tales hechos no facultan legalmente a la empresa a rescindir el contrato de trabajo, por que el único efecto que producen es el de su suspensión.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3883/54. Zamarrón Raymundo. 27 de abril de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Arturo Martínez Adame. La publicación no menciona el nombre del ponente.