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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366982
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 1226
ACCIDENTES DE TRABAJO, NEGLIGENCIA DEL TRABAJADOR.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 1226
Si el accidente se originó por haber laborado el trabajador en maquinaria ajena a su departamento, que no le correspondía accionar, y además, sin haber recibido órdenes expresas y debido únicamente a su personal iniciativa, es de estimarse que lo anterior no es dato suficiente para excluir de responsabilidad al patrón, puesto que en todo caso, esta circunstancia puede estimarse como una negligencia del trabajador quejoso, no premeditada, situación que se encuentra prevista como no eximente de responsabilidad para el patrón, en la fracción III del artículo 317 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2545/53. Barbosa Vicente Oscar. 24 de junio de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.