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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366999
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 155
RIESGOS PROFESIONALES, INDEMNIZACIONES POR CONCEPTO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 155
La expresión "mes anterior al accidente" que la Ley Federal del Trabajo emplea al referirse al salario que debe tomarse como base para el cálculo de las indemnizaciones por riesgos profesionales, no debe entenderse como el mes natural inmediato anterior a aquel en que está comprendida la fecha del accidente, sino el período de treinta días inmediatos anteriores a esta fecha.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 129/54. Ferrocarriles Nacionales de México. 10 de enero de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. La publicación no menciona el nombre del ponente.