Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/367004
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367004
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 160
TRABAJADORES DEL ESTADO, CUANDO SON DE CONFIANZA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 160
La circunstancia de que el trabajador preste sus servicios en la Policlínica de la Policía, aunque dependiendo de la Dirección de Acción Social del Departamento del Distrito Federal, no le da el carácter de miembro de la policía, y por ello, no puede estimársele como empleado de confianza, de acuerdo con el artículo 4o. del Estatuto de los Trabajadores al Servicio del Estado.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5472/53. Jefe del Departamento del Distrito Federal. 10 de enero de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. La publicación no menciona el nombre del ponente.