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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367007
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 166
CONTRATO DE TRABAJO, RESCISION DEL, POR IMPRUDENCIA O DESCUIDO INEXCUSABLES DEL TRABAJADOR.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 166
Si el trabajador, puso en movimiento determinada maquinaria descompuesta, de cuyo arreglo se ocupaba otro trabajador, y omitió cerciorarse previamente de que con su actitud no causaría perjuicio alguno a la maquinaria o a la persona que la estuviera arreglando, debe considerarse que lo anterior configura la causal de rescisión prevista en la fracción IX del artículo 121 de la Ley Federal del Trabajo, independientemente de que no se hubiera comprometido la seguridad de la negociación, pues quedó acreditada la actitud imprudente del trabajador.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3346/53. Arce Flores Eleodoro. 10 de enero de 1955. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.