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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367012
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 389
SUPLENCIA DE LA QUEJA DEFICIENTE EN EL AMPARO EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 389
Si de la consulta de las constantes del juicio arbitral se advierte que la autoridad responsable cometió en perjuicio del trabajador violaciones que lo dejan sin defensa, esta Suprema Corte, en uso de la facultad que el artículo 107 constitucional, fracción II, y el 76 de la Ley de Amparo le otorgan, puede complementar y ampliar la imperfecta estructuración de los conceptos de violación alegados por el trabajador quejoso.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4899/53. Chacón Prieto Ismael. 20 de enero de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.