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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367039
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 730
HORAS EXTRAORDINARIAS PRUEBA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 730
No puede pretenderse que corresponda a la empresa demandada probar que cubrió al trabajador el salario correspondiente a horas extraordinarias, si al contestar la demanda negó que las hubiese trabajado el actor. Ahora bien, el hecho de que el gerente de la empresa haya manifestado "que es cierto que de las prestaciones que reclama el trabajador éstas se encuentran liquidadas totalmente", no puede ser interpretado como admisión de la procedencia de las acciones ejercitadas, dado que éstas fueron negadas en la contestación a la demanda, así como también que el trabajador hubiese laborado fuera de la jornada ordinaria.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1278/54. Zavala Leyva Hipólito. 4 de febrero de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.