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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367048
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 874
TRABAJO A DESTAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 874
Si el trabajo que desempeña un trabajador es a destajo y pactó con la empresa que le pagaría la suma de dos pesos cincuenta centavos por hora laborada, es de aceptarse que dicho trabajador convenía laborar mayor número de horas que las que fija la ley para la jornada ordinaria, porque es esa forma obtenía un salario mayor y como quiera que fue voluntad del propio trabajador laborar una jornada de doce horas diarias, es claro que la empresa no está obligada a cubrirle el tiempo extra, trabajado a base de salario doble.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo. 5095/49. Compañía Techo Eterno Eureka, S.A. 26 de octubre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Díaz Infante. La publicación no menciona el nombre del ponente.